Lic. Adrián Gutiérrez Balanzar
Defensor General del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de Guerrero
Misión
garantizar el acceso a la justicia de las personas que no pueden contratar servicios de defensa legal por su condición económica, social o cultural, o por estar en estado de indefensión
Visión
Integrar una institución con abogados comprometidos con la excelencia académica y desempeño profesional dotados de una indeclinable vocación de servicio, conduciéndose dentro de los principios de honestidad y eficiencia, generando confianza en la sociedad en la atención de los asuntos que les sean conferidos.
Instituto de la Defensoría Pública del Estado de Guerrero
El Instituto de la Defensoría Pública del Estado de Guerrero es el órgano adscrito y dependiente del Consejo de la Judicatura, cuya función es procurar el derecho a una defensa y asesoría integral, ininterrumpida, oportuna y especializada ante los órganos jurisdiccionales del Estado.
En el ejercicio de su función deberá observar los principios de gratuidad, probidad, independencia técnica, calidad, confidencialidad, profesionalismo y obligatoriedad.
Principales funciones y servicios:
- Administrar y representar legalmente al Instituto, dirigiendo su funcionamiento y vigilando la correcta aplicación de los planes y programas de gestión, financieros y administrativos.
- Desarrollar las líneas de acción y los acuerdos aprobados por los órganos colegiados del Instituto.
- Promover y suscribir convenios y contratos con personas físicas o morales, instituciones y organismos locales, nacionales o internacionales, de los sectores público y privado, para el desarrollo, intercambio y cooperación en programas y proyectos que coadyuven al cumplimiento de los objetivos del Instituto.
- Implementar los sistemas, procesos, instancias y demás opciones a fin de incorporar la técnica a la defensa pública.
- Elaborar, proponer, cumplir y hacer cumplir el reglamento interior y demás normatividad aplicable al Instituto.
- Desahogar los procedimientos de excusa del defensor público y resolver lo conducente.
- Convocar a los directivos y defensores públicos, por lo menos cada tres meses, a reuniones de trabajo para coordinar las labores del servicio y unificar los criterios que deben sostener ante las autoridades jurisdiccionales.
- Presentar ante las autoridades competentes el anteproyecto de presupuesto anual de ingresos y egresos del Instituto, así como la cuenta pública del mismo en los términos establecidos en la ley de la materia.
- Presentar a los órganos colegiados del Instituto las propuestas y consultas que prevé la ley.
- Proponer al Consejo de la Judicatura el proyecto de reglamento interior del Instituto, o sus modificaciones, considerando en su caso la opinión del Consejo Consultivo.
- Rendir al Pleno del Consejo de la Judicatura un informe anual en el mes de diciembre sobre el desempeño de las funciones, planes y programas del Instituto.
- Tomar las previsiones necesarias para cubrir las ausencias del personal adscrito al Instituto en términos del reglamento interior.
- Delegar en el personal a su cargo las facultades necesarias para la realización de actos concretos encaminados a la consecución del objeto del Instituto.
- Las demás que establezcan las normas y disposiciones reglamentarias del Instituto.