Consejo de la Judicatura del Estado de Guerrero
El Consejo de la Judicatura Estatal, es un órgano polimembre integrado por cinco miembros, de los cuales uno será el Presidente del Tribunal Superior de Justicia, un consejero nombrado por el Gobernador del Estado, un consejero designado por las dos terceras partes del total de los miembros del Congreso del Estado, y dos Consejeros designados por el Pleno del Tribunal Superior de Justicia, uno de entre los Magistrados del Tribunal y otro de entre los Jueces de Primera Instancia, en cuyo caso, para el efecto de que las designaciones sean válidas, deberán ser realizadas por el voto de cuando menos doce de sus integrantes. Además, contará con un Secretario General, un Secretario auxiliar y con el personal de confianza necesario para el ejercicio de sus funciones.
El Consejo de la Judicatura Estatal es un órgano del Poder Judicial, con independencia técnica y de gestión; así como para emitir sus dictámenes y resoluciones, que tiene a su cargo la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial
Magda. Ma. Elena Medina Hernández
Lic. Rodolfo Barrera Sales
Lic. Luis Alberto Montes Salmeron
Lic. Manuel Francisco Saavedra
Mtro. Celso Ubaldo de la Sancha
Secretario General del Consejo de la Judicatura del Estado de Guerrero
Como Organo Colegiado, conforme a los artículos 82 y 83 de la ley orgánica del PJE, cuenta con un Secretario General, el cual deberá de reunir los mismos requisitos que se exigen para ser Juez de Primera Instancia, excepto el examen de oposición.
Atribuciones del Consejo de la Judicatura Estatal
Las atribuciones del Consejo de la Judicatura Estatal, de entre las que destacan, las siguientes:
- Proponer al Pleno del Tribunal la designación, adscripción, ratificación y remoción de jueces.
- Elaborar el presupuesto de egresos del Poder Judicial excepto lo relativo al Pleno del Tribunal Superior de Justicia.
- Ejercer a través de la Dirección General de Administración y Finanzas, los presupuestos de egresos del Pleno del Tribunal y del resto del Poder Judicial
- La expedición de acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones.
- Recibir, tramitar y resolver las quejas de carácter administrativo por faltas en el despacho de los asuntos que se tramiten ante las Salas del Tribunal Superior de Justicia, Juzgados y dependencias a su cargo, excepto cuando se trate de quejas contra los Magistrados.
- Nombrar y remover a propuesta del titular del área al personal administrativo del Poder Judicial.
- Dictar las disposiciones generales y necesarias para el ingreso, estímulos, capacitación, ascenso y promociones por escalafón y remoción del personal administrativo del Tribunal Superior de Justicia; ordenar visitas periódicas a los juzgados.